Sagardoaren lurraldea

Artículo "CURIOSIDADES HISTÓRICAS DE HACE 255 AÑOS"

Descripción

Muy Sr. mio: Haciendo uso de la especie de vacaciones que cada cual se otorga á sí propio en tiempo de navidades, he dedicado algunas veladas á la rebusca de papeles; y como resultado de mis investigaciones, adjunto le envío varias cuartillas, por si crée que merezcan ver la luz en su acreditada publicacion. Desde luego abrigo el temor de que mi trabajo (que solo me ha costado el de copiarlo) ofrecerá poco ó ningun interés por la naturaleza del asunto que entraña; pero este mismo temor encuentra tambien su lenitivo, al pensar que ése escrito, por vulgar y monótono que parezca, abre un resquicio ó pequeño horizonte por donde ver y apreciar el organismo y la vida social y económica de nuestra amada tierra en el primer tercio del siglo XVII. El año 1627, por ejemplo, valía en Mondragon dos maravedís cada manojo de paja de mijo, y el no hallar á renglon seguido cuanto valía un manojo de paja de trigo, que parece tanto ó más útil que el primero para las necesidades de la vida, me convence de que el cultivo de este cereal no existía aquí en dicha época, teniendo como tengo antecedentes de que hace tres siglos y medio no producía esta localidad otra cosa que su acero, la sidra y la fusta (abar-meya) de sus montes jarales que servía para la construccion de tabiques en los edificios, de que todavía se vén algunos. El maiz ya nos dice el P. Larramendi en su Corografía de Guipúzcoa, pág. 58, que Gonzalo Percaiztegui, natural de Hernani, lo trajo por primera vez de Indias, siendo lástima que aquel sábio jesuita no hubiese precisado la fecha de su importacion, aunque se comprende que todo es posterior al hecho sublime del inmortal Colon. Así como yo, de la paja del mijo he deducido la pequeña consecuencia que acabo de exponer, otros más listos y más calculistas que yó sacarán mayores si tienen la paciencia de leer el extenso arancel que le remeso. Y despues de todo, ¿no somos bascongados y no propendemos de consuno á descubrir el pasado é ilustrar la historia de la Euskal-Erria cada cual en la medida de sus fuerzas? Me repito, como siempre de V. su atento amigo y S. S. q. b. s. m.

maiz historia cultura comercio patrimonio

Ficha

  • Autor: MIGUEL DE MADINABEITIA
  • Fecha: 1883
  • Clasificación: 6.1. Historia
  • Tipo documento: Documentos de la actualidad
  • Fondo: Sagardoetxea fondoa
  • »
  • Código: DO-000832

Texto completo

R E V I S T A BASCONGADA. 57
CURIOSIDADES HISTÓRICAS DE HACE 255 AÑOS.
Sr. Director de la Revista bascongada EUSKAL-ERRIA.
Muy Sr. mio: Haciendo uso de la especie de vacaciones que cada
cual se otorga á sí propio en tiempo de navidades, he dedicado algunas
veladas á la rebusca de papeles; y como resultado de mis investigaciones,
adjunto le envío varias cuartillas, por si crée que merezcan
ver la luz en su acreditada publicacion.
Desde luego abrigo el temor de que mi trabajo (que solo me ha
costado el de copiarlo) ofrecerá poco ó ningun interés por la naturaleza
del asunto que entraña; pero este mismo temor encuentra tambien
su lenitivo, al pensar que ése escrito, por vulgar y monótono que
parezca, abre un resquicio ó pequeño horizonte por donde ver y apreciar
el organismo y la vida social y económica de nuestra amada tierra
en el primer tercio del siglo XVII.
El año 1627, por ejemplo, valía en Mondragon dos maravedís cada
manojo de paja de mijo, y el no hallar á renglon seguido cuanto
valía un manojo de paja de trigo, que parece tanto ó más útil que el
primero para las necesidades de la vida, me convence de que el cultivo
de este cereal no existía aquí en dicha época, teniendo como tengo antecedentes
de que hace tres siglos y medio no producía esta localidad
otra cosa que su acero, la sidra y la fusta (abar-meya) de sus montes
jarales que servía para la construccion de tabiques en los edificios, de
que todavía se vén algunos.
El maiz ya nos dice el P. Larramendi en su Corografía de Guipúzcoa,
pág. 58, que Gonzalo Percaiztegui, natural de Hernani, lo
trajo por primera vez de Indias, siendo lástima que aquel sábio jesuita
no hubiese precisado la fecha de su importacion, aunque se comprende
que todo es posterior al hecho sublime del inmortal Colon.
Así como yo, de la paja del mijo he deducido la pequeña consecuencia
que acabo de exponer, otros más listos y más calculistas que
yó sacarán mayores si tienen la paciencia de leer el extenso arancel
que le remeso. Y despues de todo, ¿no somos bascongados y no propendemos
de consuno á descubrir el pasado é ilustrar la historia de la
Euskal-Erria cada cual en la medida de sus fuerzas?
Me repito, como siempre de V. su atento amigo y S. S. q. b. s. m.
MIGUEL DE MADINABEITIA.
Mondragon 30 de Diciembre de 1882.
58 EUSKAL- E R R I A .
TASSA GENERAL Y ARANCEL de los (roto el original) de vender las
mercaderias, hechuras de ropas, jornales, mantenimientos y demas
cosas que manda goardar el Señor Licenciado Joan de Larrea Zurbano
corregidor en esta Provincia de Guipúzcoa por el rey nuestro
Señor en virtud de la ley y premática real y orden de su magestad
lo cual se ha de goardar inviolablemente so las penas puestas en las
dichas premáticas en esta villa de Mondragon y sus arrabales y jurisdiccion
en la forma siguiente:
Lanas y lo que se fabrica con éllas.
Cada libra de lana de la cosecha de la tierra á ocho maravedis.
Cada libra de lana peladiza de carneros de Castilla lo mas basto
Lo mejor la libra á diez y seis mrs.
Cada vara de márraga Blanca y negra anchas á real y medio.
Cada vara de sayal negro para hacer capotes dos reales.
Cada vara de márraga angosta á real.
Cada costal de márraga que quepa dos anegas de trigo tres red-
Cada costal para acarrear carbon cuatro reales y medio.
á diez mrs.
les y ocho mrs.
Carne.
Cada ralde de vaca de diez libras cuatro reales y medio ralde.
Cada ralde de novillo cebon de diez libras á quatro reales y tres
Un carnero de la tierra cumplido el año, once reales.
Un carnero de dos años de la tierra y alava quince reales.
Un horro de seis meses arriba seis reales.
Una obexa con su cria trece reales.
Una obexa orra nueve reales.
Una cabra con su cria catorce reales.
Una cabra orra buena diez reales.
Cabritos en tiempos permitidos tres reales cada uno.
Una yugada de bueyes para trabajo de cinco á seis años quarenta
Una yugada de bueyes la mejor de quatro años quarenta ducados.
Un novillo de tres años el mejor quince ducados.
Una baca de cuatro años nueve ducados.
Una baca de dos años siete ducados.
Una baca con su cria la mejor catorce ducados.
Una vaca orra la mejor diez ducados y medio.
quartillos.
y cuatro ducados los mejores.
R E V I S T A BASCONGADA. 59
Un toro de seis á siete años catorce ducados.
Una libra de tocino en pie el mejor siendo cebon veinte y dos mrs.
La libra de tocino de la tierra veinte mrs.
Un lechon de sobre año el mejor tres ducados.
Un lechon de por San Joan diez reales.
Un lechon de por todos Santos diez y ocho reales.
Un lechon grande en pie de fuera 18 mrs. libra.
Carnero en tabla.
Cada libra de carnero de Castilla veinte y seis mrs.
La cabeza catorce mrs.
Los quatro pies quatro mrs.
Los libianos á quatro mrs.
Todo el bientre seis mrs.
Todas las menudas juntas con cabeza y turmas un real.
Sin las turmas veinte y seis mrs.
Una libra de sebo veinte y seis mrs.
El pellejo de carnero de Castilla à real.
El de Alava y de la tierra á real y medio.
El de la tierra de sobre año á real.
Por el de Francia á real y medio.
Una libra de vaca doce mrs.
Libra de cebon catorce mrs.
Libra de higado de vaca dos mrs.
El vazo catorce mrs.
El vientre treinta y dos mrs.
El cuarto del vientre ocho mrs.
El cuaxo diez y ocho mrs.
Una lengua de vaca salada dos reales.
Cada ralde de diez libras de pellexo de vaca á real.
Del novillo á real y cuartillo el ralde.
Todo el pellexo de la ternera quatro reales.
Cada libra de sebo diez y seis mrs.
Quatro pies de vaca quatro mrs.
La cabeza de vaca con sus sesos un real.
Los sesos solos ocho mrs.
Vaca en tabla.
Tocino en tabla.
Cada libra de tocino en tienda diez y ocho mrs.
Libra de unto á real.
60 E U S K A L - E R R I A .
Libra de solomo sin remoxar treinta mrs.
Libra de solomo remojado veinte y quatro mrs.
Libra de Igado y Vazo y corazon diez y seis mrs.
Cada pie de puerco á quatro mrs.
Las orejas á ocho mrs. cada una.
Libra de morcilla á diez y seis mrs.
La libra de longaniza á real.
Papada y lengua cada libra veinte y dos mrs.
Una libra de tocino curado veinte y seis mrs.
Una libra de jamon treinta y dos mrs.
La libra de manteca derretida á quarenta y dos mrs.
Mantenimientos ademas de la carne.
Un cuebano de manzana puesto en casa con la medida acostumbrada
veinte y seis reales.
Sidra por todo el año que viene de seiscientos veintiocho hasta la
otra cosecha echando doce herradas de agua tomándose juramento
al que lo vendiere á ocho mrs. el azumbre y habiendo pura diez maravedises.
Y quando se hubieren de vender las cubas parezcan ante el señor
alcalde y manifestarle el oruxo de cada cuebano por este año á dos
reales.
Un pabo de entre año de Francia á quatro reales.
Un pabo viexo ocho reales.
Un capon bueno bien cebado quatro reales.
Un capon mediano tres reales.
Una gallina viexa grande dos reales y medio.
Una polla dos reales.
Un pollo bueno un real.
Un pollo mediano veinte y seis mrs.
Un ganso dos reales.
Un par de perdizes cuatro reales.
El mejor gazapo dos reales.
Pichones, cada par dos reales.
Palominos cada par cuarenta mrs.
Cada huebo á dos mrs.
Cada anega de castaña á cinco reales.
Cada anega de haba por este año á once reales,
Cada anega de avena á seis reales.
Cada anega de maiz á once reales.
Cada anega de mixo á nueve reales.
R E V I S T A BASCONGADA. 61
Por cada anega de nuez á ocho reales.
Peras asaderas de todo género las mejores á dos mrs. cada una y
medianas á maravedi por este año.
Miel ordinaria diez y seis mrs. fibra.
Miel de aragon á real la libra.
Por el manojo de paja de mixo á dos mrs.
Una carga de elechos ocho mrs.
Una sabana de paxa un real.
Una sabana de heno á real y medio.
Una haz de yerba verde seis mrs.
Queso de monasterio á quarenta mrs.
Queso añexo de alava á treinta mrs. la libra.
Queso fresco de alava á veinte mrs. libra.
Queso añexo de Ataun á veinte mrs. libra.
Queso fresco de Ataun á diez y ocho mrs. libra.
Gallina sorda á treinta mrs. cada una.
Paloma torcaz á veinte y cuatro mrs.
Vinagre de vino navarro el azumbre á treinta y dos mrs.
Aceituna sevillana á quarenta y dos mrs. libra.
Datilles á dos reales libra.
Pasas de sol á real la libra.
Pasa de lexia á veinte y cuatro mrs.
Jabon á cincuenta mrs. libra.
Almendra de Valencia á sesenta mrs.
Almendra de Aragon á quarenta y dos mrs. libra.
Azucar de pilon á tres reales libra.
Azucar menudo á sesenta y seis mrs. la libra.
Pimienta la onza á diez y seis mrs.
Azafran la onza á tres reales.
Clavo de especia á dos reales onza.
Canela veinte y quatro mrs. onza.
Alcaparras treinta y ocho mrs. libra.
Igos negros de Córdova á real.
Igo ordinario de Galicia á medio real.
Un requeson bueno diez y seis mrs.
Un requeson de Ochandiano doce mrs
Leche á quatro mrs. el quartillo.
Arroz á real la libra.
Naranxas á maravedi.
Limones Buenos á dos mrs.
Limones medianos á maravedi.
62 E U S K A L - E R R I A .
Por una colmena buena un ducado.
Vino blanco de Castilla siendo bueno á tres reales el azumbre.
Vino clarete de la Rioja nuevo de este año de 627 á quarenta y
dos mrs. el azumbre.
Vino navarro bueno á quarenta y seis mrs. azumbre.
Vino tinto de Rioja á real cada azumbre siendo bueno.
(Se continuará)
CURIOSIDADES BASCONGADAS.
RESPUESTAS.
51. LA BOINA. (Tomo VII, núm. 87, pàg. 527).—«La boina ó el
casquete (berret) Bearnés, es idéntico á la gorra escocesa, no solamente
por su forma y su uso, si que tambien por su manufactura,
Los procedimientos de fabricacion de una y otra son igualmente
idénticos. Se me ha asegurado muchas veces como cosa cierta que
fué introducida-en el Bearn á fines del siglo último por un bearnés
que estuvo prisionero en Escocia durante las primeras guerras de
la República, y que aprendió el método de fabricacion en Escocia.
Del Bearn se extendió al país basco-francés y á las Provincias bascongadas.
Como compensacion, un poco ántes, durante, el mismo siglo, un
prisionero francés fué el que enseñó á los montañeses (highlanders)
de Escocia á llevar el tartan en forma de saya ó enagua, en vez de
liarlo simplemente al rededor del cuerpo, como hasta entónces.
He examinado en la Biblioteca de Bayona y en otras muchas grabados
del pais, del siglo último, pero no he visto en ninguno de ellos
la boina, ni entre los tipos bearneses ni entre los bascongados.
No pretendo en modo alguno ser autoridad en la materia; refiero
á V. sencillamente lo que muchas veces se me ha dicho por personas
competentes.»—WENTWORTH WEBSTER.
R E V I S T A BASCONGADA. 75
CURIOSIDADES HISTÓRICAS DE HACE 255 AÑOS
TASSA GENERAL y ARANCEL de los (roto el original) de vender las
mercaderías, hechuras de ropas, jornales, mantenimientos y demas
cosas que manda goardar el señor Licenciado Joan de Larrea Zurbano
Corregidor en esta Provincia de Guipuzcoa por el rey nuestro
señor en virtud de la ley y prematica real y orden de su magestad lo
cual se ha de goardar inviolablemente so las penas puestas en las dichas
premáticas en esta villa de Mondragon y sus arrabales y jurisdiccion.
(CONTINUACION).
Raya, acero, acerillo y fierro.
Cada quintal de rayas de ciento cinquenta libras quarenta reales.
Por cada quintal de ciento cincuenta libras de acerro borraxe
vendido en esta villa setenta y dos reales.
Por cada carga de doce arrobas de acero quebrado menudo veinte
y seis ducados.
Por carga de acero de doce arrobas quebrado escoxido en granos
crecidos treinta y cuatro ducados.
Por cada libra de dicho acero escoxido un real y cuartillo:
Por cada carga de acero de costera de doce arrobas doce ducados.
Por cada libra de acero de costera veinte y quatro mrs.
Por cada quintal mayor de acero de rens veinte y cinco reales.
Al respecto por la arroba.
Por cada carga de acerillo de tres cientas libras de peso siendo
bueno diez y ocho ducados.
Por cada libra de acerillo escoxido veinte y cinco mrs.
Fierro tocho el quintal de ciento cincuenta libras de la ferreria de
Guesalibar1 jurisdiccion de esta villa treinta reales en la ferreria.
Fierro platin de la mesma ferreria cada quintal mayor treinta y
dos reales.
Herraxe viexo el quintal tres ducados.
Clavo viexo de herrar quatro mrs. libra.
Herraxe caballar á seis reales la docena de peso.
Herraxe asnal á seis y medio la docena de peso.
Clavo solo à siete reales de quenta y peso.
(1) Santa Agueda.
76 E U S K A L - E R R I A .
Hachas y azadas y demas serremienta.
Por una hacha de carpintero buena seis reales.
Por una hacha ordinaria de Caseros y carboneros bien acerada
quatro reales.
Una hacha pequeña dos reales
Una azada buena mayor quatro reales.
Una escardadera dos reales.
Por acerar la hacha del carpintero tres reales.
Por la del casero y carbonero dos reales.
Por acerar una escardadera un real.
Por una hoz de segar un real y ocho mrs.
Por un hocino de cortar matas quatro reales y medio.
Por un arado de labrar tierra catorce reales.
Por un rastro de seis piezas para limpiar rastroxos doze reales.
Por un rastre de veinte y quatro piezas que llaman artarea doce
reales.
Por amolar y rebatir una hacha un real.
Por rebocar cada azadon y rastrillo ocho mrs. uno con otro.
Por aderezar y rebocar el travesaño para arar, un real.
Por cada azadon de pico para sacar piedra acerado eh ambas puntas
cinco reales.
Por acerar ambas puntas dos reales y medio.
Por una porra de romper el acero por acerar dándole el dueño el
acero seis reales.
Por una sacada de venaqueros ó azadon tres reales.
Por acerar la dicha azada á real y medio.
Por un pico de venaqueros de romper piedra bien acerada con
grano tres reales.
Por un caño de venaqueros acerada la punta dos reales.
Por acerar la punta del pico ocho mrs.
Por una porra de venaqueros quatro reales.
Una vigornia para herrador un real por cada libra.
Un martillo grande de herrador de siete á ocho lls. seis- reales.
Una vigornia de goarnicionero la libra un real.
Un yunque para platero un real la libra.
Un yunque para claveteros y otros tales oficios á media real libra.
Un yunque de romper el acero medio real libra.
Yerros de molinos para rodeznos en tres reales.
De acerar y aderezar ambos fierros real y medio.
Por un picador para picar las piedras de molinos tres reales.
De aserrar y aderezar ambos fierros real y medio.
R E V I S T A BASCONGADA. 77
Por un picador para picar las piedras de molinos tres reales.
Por aderezar y acerarse dos reales.
Un pico y martillo de cantero para labrar piedra acerado con grano
bueno cinco reales.
Una porra de cantero á veinte mrs. libra.
Cuños de canteros á veinte mrs. libra.
Hachas grandes ordinarias para las Indias de peso de cuatro libras
y media aceradas á veinte y ocho mrs. libra.
Hachas medianas aceradas á veinte y ocho mrs. libra.
Hachas pequeñas á lo mismo libra.
Hacha valadiz sin acero á veinte mrs. libra:
Sacadas que se labran para las Indias de quatro libras ordinarias
á ochenta mrs. cada una.
Azadones ordinarios para las Indias de quatro libras menos cuarteron
de peso á setenta y ocho mrs. cada uno.
Azadones de lomo de seis á siete libras á cinco reales y medio cada
uno.
Azadas llanas de seis á siete libras á cuatro reales y medio cada
pieza.
Por adrezar y añadir las bocas nuevas á las tenazas de los tenaceros
de labrar acero dos reales y medio.
Herramientas de Cerraxeros.
Dos hierros de bufectes para los pies quatro visagras y cuatro
cantoneras con sus clavos nueve reales.
Todo el herraxe con clavos para bancos de espaldar doce redes.
Llaves de loba con su escudillo y chavete para el pestillo cinco
reales cada uno.
Una llave de loba á real y medio.
Una llave para arca grande un real.
Una llave ordinaria veinte y quatro mrs.
Cerraduras ordinarias para arcas con sus visagras y llaves cinco
reales.
Por el palmo de chapa (en blanco).
Una llave lisa de patilla sin fiador para escopeta seis reales.
Y con fiador ocho reales.
Llave de abugeta de arcabuz doze rodes.
Y llana siete reales.
Cada sarten de yerro grande á sesenta y ocho mrs,
Y los medianos á real.
Y los pequeños á veinte y cuatro mrs,
78 E U S K A L - E R R I A .
Una caldera de yerro grande quatro reales y pequeño tres reales.
Una pala de yerro grande dos reales.
Un brasero de hierro ordinario quatro reales.
Tenazas mayores de herradores docena treinta y tres reales.
Tenazas mayores la docena diez reales.
Martillos de oreja y de herradores la docena á siete reales.
Escoplos de toda suerte uno con otro (en blanco).
Almuzas la docena á veinte y dos reales.
Clavos llanos grandes y dorados para puertas el ciento á veinte
y dos reales.
Cada picaporte de puerta tí real.
Cada picaporte de ventana á veinte y cinco mrs.
Cada fixa grande á real.
Cada fixa pequeña á diez y siete mrs.
Goznes de postigos grandes ocho mrs.
Goznes medianos á quatro mrs.
Goznes pequeños á dos mrs.
Cada par de visagras de puerta, y ventana grandes á sesenta mrs.
Por cada par de bisagras de quarteron á cinquenta y un mrs.
Cada fixa grande á treinta y quatro mrs.
Cada fixa pequeña á diez y siete mrs.
Balaustres de yerro para balcones la libra á veinte y quatro mrs.
Rexas quadradas libra diez y ocho mrs.
Una falleba de ventana de vara y media con sus aparexos 7 reales.
Herraxe asnal de á 14 libras de ley á 6 reales y 20 y cinco mrs.
Herrase mular de á doze libras de ley á cinco reales y ocho mrs.
Cada docena de herraxe caballar de á 13 libras á 6 reales y medio.
Herraxe hechizo para herrar cada arroba á doce reales.
Clavo de herrar metido en clavera de cuenta y peso pesado con
diez libras á seis reales y veinte y cinco mrs.
Clavo hechizo para herrar de peso de diez y ocho libras el millar
á catorce reales.
Clavo de á blanca que pese el ciento dos libras menos quarteron.
Clavo de blanca y media que pese el ciento dos libras y media.
Clavo de á maravedí que pese el ciento quatro libras.
Clavo de latas llamado chillon que pese el millar diez y ocho libras
veinte reales el millar.
Y el ciento dos reales.
Travaderos ala de mosca á catorce mrs. libra.
Al herrador por cada herradura mular con sus clavos y herrar
veinte y cuatro mrs.
R E V I S T A BASCONGADA. 79
Plantios de àrboles.
Cada plantío de manzano enjerto ó de por enxerir á real.
Un plantío de peral á real y medio.
Un plantío de nogal dos reales.
Un plantío de castaño á veinte y cinco mrs.
Un plantío de roble veinte mrs.
El barbadillo de manzano llamado Xirpia á cinco reales el ciento.
Venas, Carbon, leina y sus acarreos.
Un carro de leina seca de medida tres reales y medio.
Un carro de leina verde tres reales.
Cada carga de macho de leina veinte y ocho mrs.
Y siendo la leina verde buena carga veinte y quatro mrs.
Un haz de leina que traen las mugeres catorce mrs.
La faxina á ocho mrs. el haz.
Cada carga de cepas para quemar vena un real y medio.
Cada carga de carbon gomicio de roble bien cocido á medida á
tres reales y medio,
Por hacer cada carga de carbon en la jurisdiccion á real y medio.
Cada carga de carbon gomicio á das reales y veinte y cinco mrs.
Y el hacerlo de roble y castaño treinta y ocho mrs.
Cada carga de carbon sasí á dos reales y medio.
Y por el hacerlo quarenta y dos mrs.
Cada carga de carbon en pie de donde se hacen seis jornadas á sesenta
mrs: á donde estuviese mas lexos á real y media.
Y de mas cerca dos redes.
Cada carga de carbon de ramas de castaño 40 y dos mrs. en pie.
Vena que llaman de lantegui para acero y fierro pesado con el
peso de las Veneras1 á tres reales el quintal.
Vena ordinaria á dos reales y medio el quintal.
Por acarrear esta vena de las dichas Veneras á las herrerias de
raya y tenazeros y las demas herrerias que están dentro de las quatro
cruzes con la de Arrasate á doce mrs. cada quintal.
Por acarrearlo de las Veneras de Vastida y peña de Aya á las dichas
ferrerias á medio real cada quintal.
Por acarrearlo de las dichas Veneras á la ferreria de Guesalibar
medio real cada quintal.
Por acarrear cada cajas de carbon de donde se hacen seis jornadas
á medio real.
De donde se hacen ocho jornadas....
De donde se hacen mas ó menos al respective.
(Se continuara)
(1) Barrio de su nombre al Norte de la villa.
140 EUSKAL- ERRIA.
CURIOSIDADES HISTÓRICAS DE HACE 255 AÑOS.
TASSA GENERAL y ARANCEL de los (roto el original) de vender las
mercaderías, hechuras de ropas, jornales, mantenimientos y demas
cosas que manda goardar el señor Licenciado Joan de Larrea Zurbano
Corregidor en esta Provincia de Guipuzcoa por el rey nuestro
señor en virtud de la ley y prematica real y orden de su magestad lo
cual se ha de goardar inviolablemente so las penas puestas en las dichas
premáticas en esta villa de Mondragon y sus arrabales y jurisdicción.
(CONTINUACION).
Lencería.
Cada vara de lienzo de la tierra bueno á dos reales y quartillo.
Cada vara de lienzo de estopa á quarenta y dos mrs.
Cada vara de lienzo mas estrecho de la tierra bueno y delgado
quarenta mrs.
Cada vara de beatilla delgada para camisa quatro reales.
Cada vara de beatilla mas gorda tres reales y medio y segun su
bondad.
Por yllar cada libra de lino de cerro para camisas dos reales.
Por yllar el yllo para beatillas finas doce reales.
Por hilar cada libra de estopa primera suerte un real.
Por hilas la segunda suerte de estopa quarenta y dos mrs.
Merceria.
Cada gruesa de agujetas blancas de cuero de Castilla á quatro rs.
Cada resma de papel de Francia diez reales.
Cada mano de papel á veinte mrs.
Cada azumbre de tinta á quatro reales.
Cada cañon de Francia á tres blancas.
Cada cañon de la tierra á blanca.
Cada docena de botones de seda de colores á real.
Cada docena de botones de yllo á doze mrs.
Cada docena de botones de cerda á veinte y quatro mrs.
Libra de almidon á veinte mrs.
Libra de açul dos reales y medio.
Plumeta fina á real y medio libra.
REVISTA BASCONGADA. 141
Pluma fina á quarenta y dos mrs. libra.
Pluma ordinaria á treinta y dos mrs. libra.
Cola para entelladores quarenta mrs. libra.
Cera amarilla en pan á quatro reales libra.
Cera amarilla labrada en cirios grandes y pequeños y candelas á
quatro reales y ocho mrs.
Cera tirada á quatro reales y ocho mrs.
Cera labrada en hachas á tres reales y veinte y cinco mrs.
Cera blanca labrada á cinco reales libra.
Hechuras de sastres.
Por coser un manteo de vuelta goarnecida con veinte pasamanos
veinte y dos reales.
Un manteo frances con la misma goarnicion veinte reales y si tuviese
mas goarnicion ó menos al respecto.
Una mantilla llana dos reales y medio y guarnecida con dos goarniciones
quatro reales.
Un capotillo de camino llano cinco reales, goarnecido con seis
pasamanos y seis escudos treinta reales.
Unas mangas de jubon llanos colchados para hombre dos reales
y medio y sin colchar dos reales.
Una golilla goarnecida con un molinillo tres reales y medio y llana
dos reales.
Un delantal de muger llano dos reales,
Un capote de sayal con su capirote de vara de largo catorce rs.
Un ferrezuelo de paño de seglar quatro reales.
Y de bayeta tres reales y de seda llano seis reales.
Un ferrezuelo con sus maneras y golpes largos todo con almelillas
ó ojales quince reales con ojales y todo.
Un calzon llano sin almelillas quatro reales,
Un calzon llano con almelillas arriba abaxo con golpes delante
ocho reales.
Un calzon goarnecido de pasamanos que no tienen mas de dos
costuras llevando cinco ó seis pasamanos de cada lado y con almelillas
y golpes delante diez reales y si tuviere mas goarnicion al respecto.
Un calzon goarnecido con pasamanos y pestañas de cinco goarniciones
por cada parte con las mesmas almelillas y golpes diez y ocho
reales.
Una ropilla llana de hombre cinco reales de paño votratela.
Una ropilla goarnecida con pasamanos con cinco goarniciones por
ambas partes diez y seis reales.
142 E U S K A L - E R R I A .
Una ropilla de cinco goarniciones de pestaña y pasamanos diez
y ocho reales.
Un ferrezuelo con sus maneras y en ellas almelillas y botones
cinco reales.
Un gaban goarnecido con molinillos de arriba abaxo quaxado
quarenta reales.
Un capote de campaña acabado con sus ojales seis reales.
Un capote de dos aldas llano quatro reales.
Un jubon llano seis reales.
Un jubon llano con su molinillo y faldillas francesas ocho reales.
Un manto de seda para muger cinco reales.
Una ropa de seda de muger llana trece reales.
Una ropa de muger llana de bayeta ó de otra tela de lana ocho rs.
Una vasquina de seda llana colchada media vara todo catorce rs.
Sin colchar de seda ó estameña ó de otra tela seis reales.
Un manto de raxa ó paño grana cinco reales.
Un jubon llano con su molinillo por las costuras ocho reales.
Una saya entera de bayeta ó otra tela de lana veinte y dos reales.
Una saya entera de seda llana con un ribete treinta reales.
Una ropa goarnecida de seda con cuatro pasamanos y vevederos
hasta el talle treinta reales.
Una ropa de bayeta con tres ribetes y vevederos veinte y dos rs.
Un jubon quaxado de muger quartos y mangas veinte y dos rs.
Una Vas pina goarnecida con dos pasamanos veinte y dos reales
y si tuviere mas ó menos al respecto.
Una saya grande goarnecida con quatro pasamanos quarenta rs.
Un manteo y una loba de clérigo de paño doce reales la loba seis
reales y el manteo otros seis.
Un ferreruelo de clerigo lisso cinco reales.
Una media sotana de clérigo de paño seis reales.
Una ropa de clérigo de paño cinco reales.
Una loba de Perpetuam ocho reales de clerigo si otra cualquiera
tela.
Un manteo de clerigo de seda lisa ú de otra tela ocho reales.
Una ropa de seda ú de otra tela de clerigo ocho reales.
Lisa y con alamares doze reales.
Un ferreruelo de Perpetuam ú otra tela sin guarnicion de clerigo
ocho reales.
Tassa y Arancel de Çapatos y pellexería.
Cada par de zapatos de baqueta de la tierra de tres suelas siete
reales, de diez á doce puntos, y de siete à diez á seis reales.
R E V I S T A BASCONGADA. 143
Çapatos de dos suelas del mismo becerro de diez á doce puntos á
cinco reales y medio y de siete á diez puntos á quatro reales y medio.
Cada par de çapatos de cordovan de quatro suelas de diez á doce
puntos nueve reales y de ocho á diez puntos ocho reales.
Cada par de çapatos de cordovan de tres suelas de diez á doce
puntos siete reales.
Y de ocho á diez puntos seis reales y medio.
Cada par de çapatos de dos suelas de cordovan de diez á doce
puntos seis reales y medio y de siete á diez cinco y medio.
Cada par de chinelas de hombre de cordovan con corcho ocho rs.
y con sus çapatillos onze reales.
Un par de çapatos de corcho de cordovan para hombre ocho rs.
Unas botas de baqueta de la tierra con rodilleras treinta y tres rs.
Unas botas de cordovan con rodilleras veinte reales.
Un par de borceguies llanos de cordovan doze reales.
De badana cinco reales y medio.
Çapatos de cordovàn de mugeres cinco reales y medio y de hadana
quatro.
Çapatos de cordovàn de mugeres de cinco á siete puntos á quatro
reales, de badana tres reales.
Zapatos de niños de dos á tres años de cordován dos reales y de
badana á real y medio.
Unas chinelas de muger de cordovan ocho reales.
Un coleto de cordovan de Castilla bueno treinta reales.
Un coleto de badana sencillo seis reales, el doblado de lo mismo
doze reales.
Unos pantuflos de cordovan de muger siete reales.
Unos çapatillos de cordoban para mugeres tres reales y medio.
De badana aforrados dos reales y medio.
Por cada pellejo de cabra y cabron tres reales.
Por cada cuero de vaca curtido para suelas al respecto de los raldes
y once reales por adrezar cada uno.
Cada pellexo de carnero curtido (en blanco).
Cada pellejo de becerro de la tierra (en blanco).
Cada par de abarcas buenas dos reales.
(Se concluirá)
R E V I S T A B A S CONGADA . 183
CURIOSIDADES HISTÓRICAS DE HACE 255 AÑOS.
TASSA GENERAL y ARANCEL de los (roto el original) de vender las
mercaderías, hechuras de ropas, jornales, mantenimientos y demas
cosas que manda goardar el señor Licenciado Joan de Larrea Zurbano
Corregidor en esta Provincia de Guipuzcoa por el rey nuestro
señor en virtud de la ley y prematica real y orden de su magestad lo
cual se ha de goardar inviolablemente so las penas puestas en las dichas
premáticas en esta villa de Mondragon y sus arrabales y jurisdiccion.
(CONCLUSION).
Tassa y arancel de jornales de maestros oficiales y peones
y salarios.
Por cada vez que arma el fuego al maestro quatro reales.
Por quemar una hechada de veno para ducientos quintales de raya
que es para tres semanas (en blanco).
De labrar la raya y convertir en azero por el quintal mayor
veinte y tres reales.
Al que trabaja en el barquin con el tenacero por dos agoas dos
reales.
Al cargador por las dos agoas dos reales y medio.
Al cortador por cortar dos agoas un real.
Al que ayuda al tenacero en hacer barras por dos agoas tres rs.
De quebrar el acero por quatro barras un real y de almorzar.
Por el alquiler del barquin por cada quintal de raya que sacáre
un real.
Al carpintero por el cuidado de mirar à la ferreria y reparar algunos
descalabros en que se pueda ocupar medio dia por cada semana
quatro reales.
Si se ocupáre todo el dia en ello su jornal entero que es (en blanco)
Al oficial que labra el azerillo por cada agoa un real.
Al ayudante por cada agoa medio real, al ayudante medio real.
Al maestro oficial de labrar azerillo por todo un dia quatro rs.
Al ayudante por todo un dia dos reales.
Al oficial que labrare el acerillo por cuenta del mercader haya de
labrar la carga de tres cientas libras dándole dos quintales de raya
que son tres cientas libras por ochenta reales y no pueda medir mas,
184 E U S K A L - E R R I A .
El hacer las toberas asi nuevas como viexas á nuevas por la hechura
de cada libra á real y quartillo y mas el cobre que añadiere.
De hechura de achicar el fierro tocho á cuchillero para herraxe
por cada quintal mayor de ciento y cinquenta libras á nueve reales.
De hechuras de hacer planchas de mosquetes y arcabuzes con
fierro platin diez reales por cada quintal de ciento cinquenta libras.
A los que hacen picos, porras cuños al maestro por cada dia mitro
reales y al ayudante tres reales.
Jornal para arar y acarrear madera con lera se ha de pagar para
carrear madera con carro de jornal quatro reales y mas almorzar y
comer y siendo por cuenta del carretero la comida seis reales.
Del arado con lera y todo otro instrumento tres reales de jornal
y de comer y si fuere por su cuenta cinco reales.
Por cada carro de jornal de Guesalibar á Mondragon dos reales y
de Garagarza un real y medio y de la Texera un real y quartillo y
de Uribarri un real.
Del valle de Musacola de San Antolin hasta los moxones á real
y medio cada carro y de San Antolin á Legarra á real y de Legarra
á la villa á veinte y quatro mrs. y toda Zalduspe á la villa veinte y
quatro mrs.
Y de los moxones por el terminado de San Andres hasta la misma
ermita por la vanda del rio cinco quartillos y de San Andres á esta
villa un real.
Desde los moxones de Leniz por la parte de Arrasate hasta Bolunate
un real y desde Bolunate á esta villa á real.
Desde la casería de Ascasibar hasta la ermita de nuestra señora
de la Consolacion á real y medio y desde allí á esta villa á real.
Cada carga de macho de donde se puedan traer seis jornadas tres
reales y al respecto por mas ó menos cualquier género tic acarreo.
Cada maestro carpintero y entellador por cada dia quatro reales
y dandole de comer dos reales.
Y á los oficiales tres reales á toda costa y dandoles de comer almuerzo
y comida al maestro dos reales y á los oficiales real y medio.
A maestros canteros y oficiales quatro reales por dia á toda costa
y al yelsero los mismos quatro reales.
Por cada peon que ayuda á canteros é yelseros tres reales á toda
costa y las mugeres la mitad.
Y dandoles de comer á los hombres cinco quartillos y á las mugeres
veinte mrs.
Y á loa mugeres que ayudan medio dia veinte mrs.
A toda costa sin darles de comer (en blanco).
R E V I S T A BASCONGADA. 185
Cada cabador y layador à dos reales y tres quartillos.
Por dia á toda costa llevando la remienta ellos y dándoles de comer
cinco quartillos y no se les de mas de tan solamente almuerzo y
comida ni vino mas de cada uno medio quartillo.
A los que hacen setos de almorzar y comer y un real y medio por
cada dia de jornal y si comiesen á su costa tres reales y quartillo.
A los hombres que varrean la castaña tres reales y de comer.
Lagareros de los maxadores de la manzana à cinco quartillos por
cuebano y que repartan entre hombres y mugeres.
Al lagarero un real ó almuerzo por cada maxadura de mas de sus
salarios. Y al mismo lagar y lagarero se le dén los dos reales y medio
acostumbrados por noche y dia.
Del adrezar el orujo en lagar un real á los mozos.
A los mozos de caseros por salario de cada año diez ducados.
De salario mas subido dos camisas un jubon y abarcas las que
pudiere romper y un par de çapatos.
Al mozo de traxinar lo mas subido ducientos reales.
A los mozos medianos seis ducados por año.
A las mozas de servicio de soldada por cada un año quatro ducados
y camisa de estopa y gorguera ó un ducado por ambas cosas que
son cinco ducados en todo y calzado lo que pudiere romper.
A las mozas de menos edad á dos ducados camisa y gorguera ó
por todo tres ducados con mas el calzado que hubiese menester.
á las amas que crian las criaturas en sus casas diez y seis ducados
y mas su regalo por las Pascuas y sin regalo veinte ducados.
á un maestro de labrar el acerillo por cada año veinte y cinco ducados
y calzado y comer.
Hornos.
Por coçer una anega de pan diez y ocho mrs. y un pan y sin él
veinte y quatro mrs.
Por amasar una anega de pan lo que se acostumbra.
De porte de una anega de trigo de Vitoria á Mondragon dos reales
y medio y cebada dos reales y tres quartillos.
Y al respecto de las aldeas de dicha ciudad.
De porte de una carga de onze arrobas de Mondragon á Alzola
cinco reales.
De porte de una carga de doce arrobas de Mondragon á Bilbao
onze reales.
De porte de una carga de Mondragon á San Sebastian de doze
arrobas doze reales.
186 EUSKAL- E R R I A .
Al cubero por cada dia de jornal quatro reales.
Al ayudante tres reales y que coma de ello.
la cuba y poner la puerta un real.
Çellos de Cubas.
Por sellos mayores de quince á diez y siete cuebanos siendo de
fresno á cinco miles y medio. Y de diez á doze cuebanos de fresno
quatro reales y de roble tres reales. Y de doze á quince cuebanos de
fresno á cinco reales y de roble á cuatro reales. De seis cuebanos á
diez á tres reales de fresno y á dos reales de roble.
De dos hasta seis cuebanos de fresno y roble dos reales.
A maestros canteros y carpinteros por dia que se ocuparen en
examinar edificios á seis reales y á los caseros que examinen las tierras
á cinco reales.
A peones de camino á seis reales por dia.
A los mozos que van sirviendo á los caballeros dos reales y de
comer por dia.
Al maestro masuquero de las ferrerias mayores por cada semana
veinte y ocho reales.
Al contramaestro por cada semana veinte y quatro reales.
A los que trabajan en la dicha ferreria en echar carbon y traer
vena doze reales por semana.
Al mejor oficial que limpia la raya maçea la vena y carga el fuego
por semana catorce reales.
Por el alquiler de las cubas por cada cuébano por cada año un
real.
Balonas y vueltas,
Por adrezar una balona y vueltas doce mrs.
Por adrezar en el platin ocho mrs. balona y vueltas.
De limpiar en la colada una camisa dos mrs.
De limpiar el adrezo de una cama diez mrs.
Por limpiarla de mas al precio de agora quatro años.
El qual dicho Arancel se confirma por el Sr. Corregidor y se
manda goardar en la dicha villa de Mondragon y su jurisdiccion y
que no se contravenga á su tenor so las penas de la pregmática de
su magestad fecho en la villa de Tolosa á quince de noviembre de
mil y seis cientos y veinte y siete años=El Licenciado de Larrea=
ante mí=Joan de Urteaga=