Cesión y donación de la casa de Echave de Miguel de Zamora a su hijo Joanes de Zamora.
Descripción
Documento histórico: Cesión y donación de la casa de Echave de Miguel de Zamora a su hijo Joanes de Zamora. Año 1580
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Ficha
- Fecha: 1580-02-28
- Clasificación: 6.1. Historia
- Tipo documento: Documento histórico
- Procedencia: Familia Etxabe 1/32
- Fondo: Sagardoetxea fondoa
- Signatura: K141-51 »
- Código: DO-000550
Texto completo
Población de Murguía, 28 de febrero de 1580.
Este día comparecieron ante el escribano de Astigarraga Miguel de Zamora y su hijo Joanes de Zamora, ambos vecinos de la población de Murguía, para decir que entre ellos habían concertado que el primero donaba y traspasaba al segundo la casa de Echave con su huerta, tierras y demás pertenecidos, así como con sus sepulturas y asientos, derechos, caminos y libertades.
Miguel de Zamora realizó esta donación con motivo del matrimonio de su hijo con María Joan de Arrieta y conforme a las siguientes condiciones y gravámenes:
-Obligación del nuevo matrimonio a “dar de comer e beber e vestir e calçar honestamente en su mesa como se acostumbre en la dicha tierra e poblacion”.
-Entregar anualmente a Miguel de Zamora una pensión de 4 ducados para el día de San Miguel (29 de septiembre).
-En el caso de que Miguel no estuviese contento con el trato recibido de su hijo y nuera, se reservaba el derecho de poder disfrutar la mitad del usufructo y prestación de la casa de Echave y sus pertenecidos. Si esto ocurriere, Joanes de Zamora no tenía la obligación de sustentarle y de entregarle la pensión anual de los 4 ducados.
-Joanes de Zamora tenía que dar a su progenitor 8 ducados para lo que quisiere.
-Miguel de Zamora de escogería dos de las colmenas que tenía para él, mientras que el resto serían repartidas a partes iguales con su hijo.
-Cuando Miguel de Zamora falleciere, Joanes estaba obligado a hacer los “cumplimientos de su alma” honradamente en la iglesia de Nuestra Señora de Murguía, tal y como se acostumbraba hacer por estos lares.
-Compromiso de Joanes de Zamora de pagar los 9 ducados de deuda que tenía su progenitor, como compensación se quedaría con los diez robles que compró por esa cantidad de dinero.
-En el caso de que Miguel de Zamora quisiere dejar los trigos que tenía sembrados para su hijo, este último tenía la obligación de entregarle cuatro “anegas” de trigo en el momento de su recolección.
-Obligación de Joanes de Zamora de pagar a razón de 20 ducados a cada uno de sus hermanos en concepto de legítimas. Además, a su hermana Marina que aún estaba soltera, le tenía que entregar una cama cumplida, una caja e un “pincher” de estaño. Asimismo, Marina recibiría otra cama más de manos de su padre.
Teniendo presente las cláusulas referidas, Miguel de Zamora, además, concedía a su vástago la potestad de poder disfrutar de la mitad del ajuar de la casa, de las once cabras y de las diez ovejas que en este momento había en la casa de Echave.
Asimismo, Miguel donaba a su descendiente Joanes los puercos que al presente tenía para que los gobernarse y cuidase adecuadamente, y los cebase dándoles de comer bellota, haya o castaña. En el momento que llegara la hora de su matanza, la mitad de ellos sería para el otorgante y la otra mitad, para Joanes, estuviere o no viviendo en una misma mesa y compañía con los nuevos esposos.