Sagardoaren lurraldea

Venta, carta de pago y posesión de un pedazo de tierra y campo otorgada a favor de Bernat de Larramendi

Descripción

Documentos histórico : Venta, carta de pago y posesión de un pedazo de tierra y campo otorgada a favor de Bernat de Larramendi Año 1538-1539

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Ficha

  • Fecha: 1538-10-28
  • Clasificación: 6.1. Historia
  • Tipo documento: Documento histórico
  • Procedencia: Familia Etxabe 1/22
  • Fondo: Sagardoetxea fondoa
  • Signatura: K141-43
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  • Código: DO-000540

Texto completo

Documento notarial que consta de tres partes diferenciadas entre sí. Aunque en el documento éstas no figuran en el orden cronológico debido, hemos optado por hacer la exposición de cada una de ellas siguiendo éste con el objeto de que se pueda entender cómo tuvo lugar todo el proceso:
1. Escritura de venta celebrada el 28 de octubre de 1538 de un pedazo de tierra y campo entre el Amadís de Murguía (señor de la casa solar de Murguía) y Bernat de Larramendi (vecino de la tierra de Astigarraga). Se trataba de una parcela situada en las riberas de Murguía que tenía por linderos las tierras y manzanal del maestre carpintero Martín de Zamora y por otra, otros pertenecidos del señor de Murguía; por delante; el camino real que iba de Ergobia a Francia; y por la espalda o parte trasera, la tierra denominada "del Molino" propiedad de Pedro Martínez de Igueldo.
Dicha parcela de tierra fue vendida sin censo ni tributo alguno en la suma de 49 ducados de oro menos quince maravedíes, y ocupaba una extensión de 270 pies de manzanos.
2. La carta de pago firmada el 28 de octubre de 1538 por Amadís de Murguía (señor de la casa solar de Murguía) a favor de Bernat de Larramendi por un pedazo de tierra y campo que había sido debidamente deslindada en la escritura de venta. La carta de pago se otorgó por la suma estipulada en la escritura de venta, monto que fue abonado una parte en dinero y la otra, en especie (un caballo, piezas de paño…)
3. Posesión de las tierras compradas el 9 de enero de 1539. Dicho acto se realizó en presencia del notario Ramos de Gravelingas y en él el nuevo propietario entró en el solar comprado, paseó en él y con un azadón que llevaba en sus manos comenzó a cavar en ella, para acto seguido dar tres golpes en la tierra con el apeo de labranza referido, tal y como era uso y costumbre. Acto seguido el nuevo propietario pidió al escribano y los testigos que saliesen de su tierra y procedió a hacer otra serie de rituales que eran típicos en todos los actos de posesión de bienes.