Remate de los derechos de los puertos de Astigarraga
Descripción
Documentos históricos / río Urumea / puertos / puertos de la villa de Astigarraga / puertos de Ergobia, Ayozategui, Castellum y Canalé / derechos / comercio / tasas
aiozategi documento histórico ergobia derechos puertos de kastellum y kanale comercio puerto puertos urumea
Ficha
- Fecha: 1842-12-31
- Clasificación: 6.1. Historia
- Tipo documento: Documento histórico
- Procedencia: AHPG 3/272, fols 318r-319r
- Fondo: Sagardoetxea fondoa
- Signatura: K144-29 »
- Código: DO-002350
Texto completo
1842. REMATE DE LOS DERECHOS DE LOS PUERTOS DE LA VILLA DE ASTIARRAGA. 31 de diciembre de 1842 (A.H.P.G.: 2/272, fols. 318r-319r) El 31 de diciembre de 1842 tuvo lugar el remate de los derechos de los puertos de la villa de Astigarraga en los soportales de la casa consistorial. Concretamente, se decía que: “[…] con el obgeto de de continuar la villa en la posesión que por costumbre inmemorial ha estado, y de que no ha hecho uso los años anteriores al presente por motibos que son notorios […]” Los miembros del Ayuntamiento constitucional de Astigarraga en presencia del escribano, que era secretario del Ayuntamiento, pusieron en almoneda y remate para espacio de un año los derechos de los puertos de “Ergovia, Ayozategui, Castellum y Canalé que está en e camino para Garciategui, propios y privatibos de la Villa”. Los derechos que la Villa tenía sobre estos puertos eran los siguientes: 4 maravedíes en quintal de hierro 4 maravedíes en quintal de mena 4 maravedíes en codo de madera 17 maravedíes en orga de leña 17 maravedíes en carro de manzana 34 maravedíes en “alada de arbasta” 8 maravedíes y medio en carga de sidra 51 maravedíes en cada millar de teja 34 maravedíes en cada millar de ladrillo Se daba facultad al rematante para las personas que condujeran a los cuatro puertos los artículos referidos, aunque quedaban exceptuados de esta medida “la cosecha de leña y Maderamen de la jurisdicion de esta Villa y cualquier cosa ò efecto que se traiga de fuera con tal que sea con destino al abono de las tierras y recomposición de tejados y edificios de esta dicha Villa”. El precio de salida de la almoneda se fijó en 170 reales. No presentándose postor alguno, se decidió bajarlo a 120 reales, siendo asignado a José María Berrondo (vecino de Astigarraga).