Sagardoaren lurraldea

Poder otorgado por el Concejo de Astigarraga a Cristóbal de Artola para presentar autos en el pleito con Miguel de Zuaznabar

Descripción

Documento históricos / Investación de la Casa Murguía / pleitos / Concejo de Astigarraga / Miguel de Zuaznabar / puertos de Aiozategi, Domikuzanea, Ergobia, Kastillun y Txanela / gabarra / comercio / río Urumea / vena / hierro

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Ficha

  • Fecha: 1729-11-06
  • Clasificación: 6.1. Historia
  • Tipo documento: Documento histórico
  • Fondo: Sagardoetxea fondoa
  • Signatura: K144-17
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  • Código: DO-002337

Texto completo

1729. PODERES OTORGADOS POR EL CONCEJO, JUSTICIA Y REGIMIENTO DE LA VILLA DE ASTIGARRAGA A FAVOR DE CRISTÓBAL DE ARTOLA, SU SÍNDICO PROCURADOR, PARA QUE HICIESE AUTOS Y DILIGENCIAS CONTRA MIGUEL DE ZUAZNABAR, POR HABER DESCARGADO VENA DE SUS GABARRAS EN LOS PUERTOS CONCEJILES DE AYOZATEGUI, DOMICUZANEA O ERGOBIA, CASTILLUN Y CHANALEA (1729.11.06 Y 1729.11.07) Poder otorgado en la sala de ayuntamientos de la casa concejil de Astigarraga el 6 de noviembre de 1729 ante el escribano de la villa de Hernani Joseph Antonio de Ayerdi. Se juntaron los vecinos de Astigarraga, tal y como tenían costumbre, en ayuntamiento general con mitivo que Miguel de Zuaznavar (vecino de Hernani) había descargado sin licencia vena de sus gabarras en los puertos “concejiles de Aiozategui y Domicuzanea, ô, Ergouia” y acordarçon otorgar poder a su síndico procurador general (Cristóbal de Artola) para que expusiera el caso a un abogado y para que con su dictamen hiciere cuantas diligencias estimase oportunas. En virtud de este poder, el síndico introdujo una demanda en el tribunal de Corregimiento conta Miguel de Zuaznavar, a la cual se opuso el Juan Felipe de Idiaquez, señor de la casa y solar de Murguía. Concretamente, se interpuso demanda a Miguel de Zuarnavar poruqe “sin licencia de esta dicha Villa hauia descargado vena de sus gauarras en los puertos concejiles de Aiozoattegui y Donicuzanea, ô, Ergouia y por otros motivos”. Asi bien, en dicha causa se introdujo “la manutención de posesión por el sumarissimo de interin de los dichos dos puertos de Aiozategui y Domicuzarena, ô, Ergobia, y de los llamados de Castillum y Chanalea”. Notificada la demanda del señor de Murguía “se introdujo articulo de que para con lod dichos dos uertos de Castillum y Chanalea, y manutecion introducida de su posesión”, por lo que el Ayuntamiento y el concejo general de Astigarraga hibo de otorgar a su síndico un nuevo poder habida cuenta que en el que le había otorgado el pasado 1 de mayo no estaban incluidos todos los puertos en litigo.