Contrato matrimonial de Martín de Guruceaga y María Sanz de Olabide, vecinos de Astigarraga
Descripción
Sagardoetxea / investigación / caseríos de Santiagomendi / Olabide
caserío historia investigación olabide
Ficha
- Fecha: 1564-03-16
- Clasificación: 6.1. Historia
- Tipo documento: Documento histórico
- Procedencia: K44-2, p. 189
- Fondo: Sagardoetxea fondoa
- Código: DO-001272
Texto completo
Se juntaron delante de las puertas de la casa de “Moco” (Astigarraga) Petri de Olabide y su mujer María Joan de Moco (vecinos de Astigarraga), de una parte; y Joan López de Guruceaga y su hijo Martín de Guruceaga (vecinos de Astigarraga), de la otra, con motivo del reciente matrimonio de este último con María Joan de Olabide, que fue oficiado por Joan de Aguinaga (vicario de la iglesia parroquial de Santa María de Murguía).
Era voluntad de los presentes en el acto protocolizar en instrumento público la dote aportada por cada uno de los cónyuges así como sus condiciones. Éstas eran.
• Petri de Olabide y María Joan de Moco, donaban a su hija María Sanz de Olabide:
? La casa de Olabide con todos sus manzanales, huerta, montes, castañales con todos sus pertenecidos.
? Sepulturas que la casa tenía en la iglesia de Santa María de Murguía, honores, preeminencias y derechos que pertenecían a la casa.
De esta manera, nombraban a su hija María Sanz heredera universal de todos sus bienes, mejorándola en el tercio y quinto.
Como contrapartida, los padres, tal y como en esta época se acostumbraba en Astigarraga, se reservaban el usufructo de la mitad de todos los bienes donados a su hija y yerno. Así bien, cuando fallecieren el nuevo matrimonio tenía la obligación de pagarles el entierro y honras fúnebres que correspondían a personas de su condición y calidad. Por otra, parte tenía la obligación de pagar las legítimas que les pertenecían a los otros herederos de las casa.
Por otra parte, los padres de la novia se reservan doce ovejas que había en la casa y daban a su hijo el resto del ganado.
• Joan Pérez de Guruceaga y su hijo Martín, por su parte, aportaban al matrimonio:
? 72 ducados de oro, de a 11 reales en dinero, que serían abonados a Petri de Olabide en diferentes plazos. Para la seguridad de esta operación, las dos partes nombraron a sus respectivos fiadores.