Sagardoaren lurraldea

Inscripción nº 1 del caserío Goikoetxea

Descripción

Sagardoetxea / investigación / caseríos de Santiagomendi / Goikoetxea

caserío goikoetxea historia investigación

Ficha

  • Fecha: 1885-02-24
  • Clasificación: 6.1. Historia
  • Tipo documento: Documento histórico
  • Procedencia: K44-2, pp. 134-136
  • Fondo: Sagardoetxea fondoa
  • Signatura: K44-2, pp. 134-136
  • Código: DO-001195

Texto completo

El caserío Goikoetxea con sus pertenecidos, finca rústica radicada en el barrio de Santiagomendi y señalada con el nº 70, consta de planta baja, un piso de habitar y un desván. El edificio ocupaba un sitio solar de 2 áreas con 96 centiáreas y confina por todos los lados con sus pertenecidos.

Las propiedades de esta finca, las cuales constituyen en su conjunto una sola eran las siguientes:

• 485 áreas y 28 centiáreas de terreno sobre la casa que recibía el nombre de “Echeburua”, que equivalían 1.557 posturas y ¾ de la medida regular de 400 pies cuadrados. De ellas, 1.035 eran de sembradío, incluido el terreno de las antepuertas, 200 de manzanal y las 322 y ¾ restantes de castañal. Limitaban por el Norte y Oriente con camino carretil, por Mediodía con pertenecidos de la casa de Illegorrienea, “Chonchinea” y Alorra.

• 25 áreas de terreno sembradío en “Beco Baratza”, que hacían 80 ¼ posturas. Tenía por límites por Oriente y Mediodía camino carretil, y por Poniente y Norte las tierras de la casa “Chonchinia”.

• 97 áreas y 4 centiáreas de terreno herbal, confinantes por Oriente con terrenos de la casa de Illegorrienea, por Mediodía los de Bordaluze, por Poniente los de Echeandia y por Norte los de la “Urtetagui”.

• 211 áreas y 84 centiáreas de terreno herbal y peñascal en “Aguiñeta”, o lo que es lo mismo, 680 posturas. Limitaba por Oriente con camino carretil y pertenecidos de las casas de Ermaña y Ezquerremea, por Mediodía con los de esta última y con los de Arregui, y por Poniente y Norte con los de “Achurru” y Bordaberri.

• 295 áreas de terreno en “Achurru”, que hacían 997 posturas, de las que 159 eran de herbal y las 788 restantes de argomal. Lindaban por Oriente y parte de Mediodía con terreno trasmochal del Marqués de Valdespina, y el resto de Mediodía con argomal de los herederos de Manuel Irizar; por Poniente con terrenos de José Gabriel Miner, Isidro Berra y Antonio Vitoria; y por el Norte con el de los herederos de Francisco Martín Zapiain.

• 99 áreas y 6 centiáreas, es decir, 318 posturas de terreno herbal, helechal y arbolado en el paraje de “Maiou-Baratzeta” con una borda de ganado de 59 centiáreas de cabida. Colindaba por el Oriente y Mediodía con terrenos del Marqués de Valdespina, y por el Norte y Poniente con camino carretil.

• 153 áreas y 97 centiáreas, que equivalían a 994 ¼ posturas, de terreno herbal en “Ymiyaga”. Limitaba por el Norte con terreno de Francisco Tellechea, por Mediodía con el José Antonio Múgica, por Poniente con el de Sebastián Echenique y por el Norte con camino carretil.

• 33 áreas y 26 centiáreas, que equivalían a 106 posturas y 3/4, de terreno castaña en “Urquidegui”. Confinaba por el oriente con terrenos de Joaquín de Goicoechea y Pedro Imaz, por mediodía con el de la casa de Bortania, por Poniente con la regata de “Urquideco-erreca” y por el Norte con terreno de la casa de Etxabe.

Este terreno se hallaba atravesado por un camino carretil en dirección de Oriente a Poniente.

• 21 áreas y 26 centiáreas, que hacían 78 ¼ posturas, de terreno manzanal conocido “Andola-Borda”. lindaba por Oriente y poniente con terrenos de la casa Oiarbide, y por el Norte y Mediodía con camino carretil.

En dirección Oriente a Poniente atravesaba por él camino carretil de la misma manera que lo hacía en la primera partida de las tierras, de manera que la casería de Goikoetxea con su pertenecido tenía un en su conjunto 1.424 áreas y 70 centiáreas de terreno.

El valor total de esta finca se estimo en 28.183 pesetas y 750 milésimas.

Esta finca, según el expediente que se presentó, no tenía ningún gravamen. Sin embargo, en los libros de la antigua Contaduría de Hipotecas resultaba contra ella, en uno con otra, una obligación de 1.100 reales vellón al interés anual del 6% a favor de María Antonia de Elorza, en virtud de la escritura otorgada el 28 de febrero de 1835 por testimonio de Joaquín María Pascual Iturriaga.

Pedro Cruz Aduriz e Irarreta, de 73 años casado y propietario de la casa, acudió al Juez Municipal de Astigarraga solicitando acreditar la posesión de esta finca desde hacía más de veinte años, en la que la adquirió por herencia de su padres José Aduriz y Josefa Antonia Irarreta, sin que mediara en esta adquisición título alguno de dominio.

Ante ello, justificó con certificación expedida por el Alcalde de Astigarraga que estaba al corriente del pago de todas las contribuciones, y en la que presentó con testigos a Agustín Arrieta Olloquiegui y a Agustín Zapiain.

Examinada la documentación, finalmente esta finca se inscribió a nombre de Pedro Cruz Aduriz sin perjuicio de tercero que pudiera tener más derecho.