Fenecimiento de cuentas y obligación para María de Corta
Descripción
Sagardoetxea / investigación / caseríos de Santiagomendi / Argindegi / Arguindeguizar
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Ficha
- Fecha: 1642-03-31
- Clasificación: 6.1. Historia
- Tipo documento: Documento histórico
- Fondo: Sagardoetxea fondoa
- Signatura: K44-2, pp. 29-30
- Código: DO-001030
Texto completo
Se presentaron ante el escribano Simón de Guruceaga (vecino de Astigarraga y curador de las personas y bienes Joanes y Miguel de Guruceaga, hijos legítimos del primer matrimonio de su difunto hermano Joanes de Guruceaga Arguindegui (dueño de la casa de Argindegi), de una parte; y María de Corta (segunda mujer del difunto Joanes de Guruceaga), de la otra.
Expusieron que el 6 de octubre de 1641 habían presentado ante el escribano Joan Pérez de Arena las cuentas del arrendamiento de los últimos cuatro años de la casa de Argindegi. Realizado el cargo y descargo de todas las partidas, resultó un alcance de María de Corta de 425 reales.
Sin embargo, en este momento era necesario proceder a un nueve ajuste de cuentas porque algunas de las partidas no se habían contemplado o no eran correctas.
Precisamente, en el documento se manifiesta que:
• María de Corta se “seruió en sus alimentos del dicho Miguel de Guruceaga menor del dicho Simón en los dichos quatro años”, y que por ello le era en concepto de cargo 242 reales por su “soldada” de la una parte, y 30 reales de algunos jornales, por la otra y “reuatidos dellos ciento y quarenta y nueve reales que la dicha María dio al susso dicho en vestidos, calzado y otras cossas en los dichos quatro años”, quedaba 120 reales.
• María Corta debía a Simón de Guruceaga14 ducados que en su nombre pagó a un mozo navarro llamado Martín, que le había servido durante un año en la casa de Argindegi.
• Simón de Guruceaga había pagado a su cuñada otros 8 ducados en dinero.
En consecuencia, estas tres partidas hacían un total 372 reales y “reuatidos” ellos de los 425 reales, Simón de Guruceaga debía a María de Corta 73 reales.
Expuesto estas circunstancias, la señora Corta declaró haber recibido del referido Simón las partidas arriba referidas, por lo que a lo a estas respecta otorgó la pertinente carta de pago a favor de su cuñado y, en definitiva, de los bienes pertenecientes de la casa de Argindegi.